A partir del Viernes, los trabajadores pueden notificar a sus empleadores en caso de ausencia justificada, ya sea por causa de enfermedad del trabajador o persona a su cargo y fallecimiento de familiar directo.
Así fue dispuesto a través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, en el que se aclara que este servicio “expresa la necesidad de que el trabajador cuente con una forma fehaciente de comunicar su inasistencia”.
El telefonograma es un servicio que presta el Correo Argentino, a través del cual se puede enviar un telegrama a través de una llamada telefónica a ese organismo público.
El texto del decreto publicado en el Boletín Oficial precisa: “En el caso de enfermedad del trabajador o persona a su cargo, así como en caso de fallecimiento de familiar directo el servicio postal de telegrama previsto en las Leyes 23.789 y 24.487, podrá ser suplido por un telefonograma”.
Como usar el servicio
Para acceder al servicio de telefonograma se debe llamar al 0810-444- 2677. Operadores del correo reciben mensajes de lunes a viernes de 6 a 22, sábados de 6 a 17 y domingos y feriados de 11 a 17. Fuera de esos horarios los mensajes pueden dejarse grabados en un contestador automático.
La Ley 23.789 estipula que los trabajadores en relación de dependencia o jubilados y pensionados pueden mandar, sin cargo para el remitente, una comunicación (telegrama) a sus empleadores.
domingo, 25 de julio de 2010
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